El Certificado Único de Discapacidad (CUD) es un documento que acredita plenamente la discapacidad en todo el territorio nacional, en cualquier circunstancia en que sea necesario invocarla. Tiene igual valor que el Documento Nacional de Identidad, por lo que, ante su pérdida, debe efectuarse la denuncia inmediata.

El Certificado no afecta a la vida civil de la persona; no tiene relación con el porcentaje de discapacidad, ni con la declaración judicial de insania o inhabilitación que determina la designación de un curador.

A través de la Ley Nacional 22431 (Sistema de Protección Integral de los Discapacitados) se considera persona con discapacidad a toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación con su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral.

Conforme esta ley, para que una persona con discapacidad sea considerada como tal, debe poseer el Certificado que acreditará la existencia de la discapacidad, su naturaleza y su grado, así como las posibilidades de rehabilitación y qué tipo de actividad laboral o profesional puede desempeñar.

A nivel provincial la Ley 9325 adhiere a la Ley Nacional 22431.

¿Para qué sirve?

Prestaciones básicas de atención a personas con discapacidad – Ley Nº 24.901

  • Prestaciones preventivas durante el embarazo
  • Tratamiento médico especializado
  • Cobertura de estimulación temprana
  • Equipamiento técnico (elementos ortoprotésicos, bastones canadienses, muletas, sillas de ruedas, audífonos, etc.)
  • Rehabilitación integral
  • Tratamiento psicológico para familiares de la persona con discapacidad
  • Medicamentos (relacionados con la discapacidad)
  • Alimentación especial (relacionada con la discapacidad)
  • Atención odontológica (incluye anestesia general)
  • Acceso a una educación adecuada
  • Sistemas alternativos al grupo familiar (hogares; residencias; etc.)
  • Programas laborales.
  • Traslado especial en los casos en que la persona esté imposibilitada de utilizar el transporte público.

Facilita la realización de gestiones, tales como:

  • Pase libre en Transporte Público de pasajeros
  • Símbolo internacional de acceso para el automóvil (logo) y la exención de la patente
  • Libre tránsito y estacionamiento
  • Régimen de Asignaciones Familiares en ANSES
  • Franquicias para la compra de automotores
  • Explotación de pequeños comercios
  • Exenciones de ciertos impuestos

¿Cómo se tramita el CUD?

El CUD es un documento público, que tiene vigencia en todo el territorio nacional, les permite a las personas con discapacidad acceder al Sistema de Salud y a los beneficios instituidos por la normativa en la materia.

El trámite es voluntario y consta de una evaluación interdisciplinaria en la que los profesionales determinarán, de acuerdo con la documentación presentada por el interesado, si se encuadra o no dentro de las normativas vigentes de certificación de discapacidad.

El CUD no acredita grado por incapacidad, sino que acredita que la persona tiene una discapacidad y el Estado debe velar por los beneficios que el mismo le concede.

¿Qué necesito para realizarlo?

Documentación a presentar:

  • Fotocopia del DNI / Cédula de Identidad / Libreta de Enrolamiento / Libreta Cívica del paciente (1ª y 2ª página).

– En caso de que el documento esté extraviado, se deberá presentar la constancia del trámite en el Registro Civil.

  • Si es menor de edad: Fotocopia DNI, fotocopia DNI madre o padre (el que complete la planilla de Declaración Jurada), fotocopia de la Partida de Nacimiento.
  •  Si el interesado tiene Obra Social, debe presentar una fotocopia del carnet de afiliado.
  • Formulario completo por el médico tratante, que puede ser retirado en las secretarías de las Juntas Evaluadoras para Personas con Discapacidad o descargado de http://www.santafe.gov.ar/index.php/tramites/modul1/index?m=descripcion&id=141443  e impreso para ser completo por dicho profesional con letra legible, firma y sello.
  •  Certificado original expedido por médico especialista donde conste diagnóstico completo, estado actual, secuelas y tratamiento del paciente.
  • Informes y estudios adicionales (con una vigencia de no más de seis meses) según la discapacidad.

Una vez presentada la documentación requerida se le otorgará un turno para que la persona con discapacidad sea evaluada por los profesionales que integran la Junta.

¿Cuánto cuesta?

Gratuito.

¿Dónde se realiza?

Con la documentación solicitada dirigirse a la Junta Evaluadora más cercana a su domicilio. Ver listado de Juntas Evaluadoras de Personas con Discapacidad por localidad en:http://www.santafe.gov.ar/index.php/content/download/141430/696716/file/Juntas

En la ciudad de Rosario:

  •  Instituto de Lucha Antipoliomielítica de Rehabilitación del Lisiado Rosario. Paraguay y Ocampo. Turnos al (0341) 4721164/1165 – 0800 888 3588 (línea gratuita).
  •  Centro Regional de Salud Mental Dr. Agudo Ávila. Suipacha 667. Turnos al (0341) 4721164/1165 – 0800 888 3588 (línea gratuita).
  •  Dirección Provincial de Inclusión para Personas con Discapacidad (2ª Circ.) 9 de Julio 325 Turnos al (0341) 4721164/1165 – 0800 888 3588 (línea gratuita)
  •  Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias de Rosario (CEMAR). Centro Municipal de Distrito (CMD). Turnos al (0341) 4721164/1165 – 0800 888 3588 (línea gratuita).

Juntas Evaluadoras de Personas con Discapacidad

Son equipos interdisciplinarios integrados por un médico, un trabajador social y un psicólogo. Realizarán una entrevista para evaluar el caso y determinar el concepto de diagnóstico funcional y orientación prestacional.

El organismo que otorga el CUD es el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe a través de las Juntas Evaluadoras dependientes de la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad.

¿Qué organismo regula el CUD?

Mediante Resolución Nro. 675/2009 del M.S.N. la República Argentina adhirió a la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF) aprobada por la Organización Mundial de la Salud, para la evaluación y certificación de la discapacidad.

Orientación Prestacional

Determina las alternativas de atención en prestaciones de rehabilitación, asistenciales, educativas y otras: Estimulación Temprana, rehabilitación, prestaciones educativas, Centro Educativo Terapéutico, Centro de Día, Hospital de Día, Servicios de Hogares, ayudas técnicas, prótesis y ortesis, transportes.

Validez del Certificado

La certificación tiene fecha de vencimiento en función a la evaluación realizada por la Junta Evaluadora. La validez será expedida con un plazo máximo de hasta diez años.

El beneficiario deberá realizar una nueva evaluación por: vencimiento de la validez del certificado; cambios en la situación de discapacidad; necesidad de otra orientación prestacional.

DESCARGAR FORMULARIO DE SOLICITUD DE CUD

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